SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1593/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alega el incumplimiento de la Resolución Municipal 335/10 de 21 de julio de 2010, mediante la cual fue designada como Alcaldesa Municipal a.i. de la Sección Capital Sucre, y de lo establecido en el art. 286 de la CPE, al pronunciar la segunda Resolución 03/11 de 10 de enero de 2011, que resolvió reconsiderar y abrogar la Resolución 335/10, dejando sin efecto la designación de la Alcaldesa Verónica Berríos Vergara, por cuanto en su lugar se designó a José Santos Romero Mostacedo, Concejal como Alcalde Municipal Suplente, por lo que demanda la presente acción con el objeto de garantizar la ejecución de la norma omitida, por parte de los servidores públicos. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o negar la tutela solicitada.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a) Reconsiderar
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- concedió
- I.3 Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. Objeto y ámbito de protección de la acción de cumplimiento
- III.3. Diferencia entre acción de cumplimiento y la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso de autos
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