SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1596/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso investigativo penal seguido al representado del accionante por la presunta comisión de los delitos de homicidio, lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito y asesinato, estando cumpliendo la medida extrema de detención preventiva por más de ocho meses en el penal de San Pedro de Oruro, de acuerdo a la Resolución 364/2010 de 16 de junio, dictada por el Tribunal Cautelar, habiendo solicitado en reiteradas oportunidades la cesación de esta medida.
Al haberse considerado finalmente la solicitud de cesación a la detención preventiva al amparo del art. 239 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP); mediante Auto Interlocutorio 19/2011 de 11 de enero, el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, declaró improcedente dicha solicitud refiriéndose a los riesgos procesales; concretamente, observando en cuanto al domicilio, al existir duda razonable sobre éste, el riesgo de fuga estaría latente; y, en cuanto al peligro procesal de obstaculización del desarrollo del proceso, manifestó que estando el imputado bajo esta medida, no existía la posibilidad de generar actos que obstaculicen el proceso mencionado. Este Auto fue impugnado mediante el recurso de apelación incidental, ante la Sala Penal Segunda, dictando las autoridades ahora demandadas, el Auto de Vista 07/2011 de 11 de febrero; mediante el cual, anulan obrados hasta que el Juez a quo pronuncie resolución motivada, con respecto al peligro de obstaculización; incurriendo de esta manera en un acto ilegal, al observar otras exigencias que no fueron cuestionadas por ninguna de las partes; incumpliendo lo establecido en el art. 398 del CPP, actuando de manera ultra petita, induciendo a un acto de retardación de justicia y restringiendo el acceso al derecho a la libertad de imputado.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “sin lugar”
- Fragmento 6
- II.1.
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 9
- III.2.La acción de libertad y el debido proceso
- Fragmento 11
- III.3. El debido proceso en medidas cautelares y su protección a través de la acción de libertad
- Fragmento 13
- III.4. Sobre la obligación del juzgador de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales que dispongan, modifiquen o mantengan una media cautelar
- Fragmento 15
- III.4.1. Sobre el Tribunal de alzada que conoce la apelación incidental
- III.5.Análisis del caso concreto
- REVOCAR