Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1604/2012
Fecha: 24-Sep-2012
Fragmento 16
En atención a lo expuesto e ingresando al fondo, se tiene que los argumentos desarrollados en los puntos identificados como a) y b) del párrafo precedente, no pueden ser atendidos, dada la jurisprudencia constitucional anteriormente citada en los Fundamentos Jurídicos III.2 y III.3, respectivamente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- i)
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- III.2. Sobre la extinción de la acción penal en casación
- Fragmento 14
- III.3. Hechos controvertidos
- Fragmento 16
- 1)
- y si corresponde a un hecho similar al fallo impugnado
- CONFIRMAR