SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1610/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1610/2012

Fecha: 25-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

La accionante manifiesta que Marco Antonio Quispe Aleluya, inició un proceso de interdicto de recobrar la posesión contra José Eduardo Morales Udaeta y otros, entre los que se encontrarían tres de sus hermanos, enterándose de manera extraoficial que el Juez Agrario de Quillacollo, pretendía ejecutar la sentencia pronunciada dentro del indicado proceso, sin que en ningún momento haya sido parte del mismo, por lo que sus padres se apersonaron, puesto que tampoco  formaron parte del mismo, mereciendo su rechazo, motivo por el cual presentaron acción de amparo constitucional, el cual fue declarado “improcedente”, con argumentos que no contarían con fundamento alguno, puesto que el Juez de garantías que lo conoció se habría convertido en Juez ordinario, ya que analizó los hechos que se produjeron dentro del proceso no siendo esa su tarea, apartándose del análisis que debió realizar respecto a la vulneración de derechos constitucionales, tal como lo estableció el Tribunal Constitucional en su “SC 1370/2002-R”.

Señala que, por los motivos expuestos precedentemente se vio en la necesidad de asumir su defensa apersonándose ante el Juez de la causa mediante memorial de 16 de marzo de 2011, solicitando que se abstengan de ejecutar el mandamiento de lanzamiento, dado que su persona sería coposeedora del inmueble motivo de la demanda de interdicto, siendo rechazado sin fundamento razonable por el Juez, quien pretende sustentar dicha determinación en el amparo constitucional presentado por sus padres, encontrándose supuestamente agraviada por las determinaciones y resoluciones pronunciadas por el Juez demandado, principalmente por la providencia de 17 de marzo del mencionado año, rechazando su solicitud de 16 de ese mes y año y ordenando se expida el mandamiento de lanzamiento y el Auto de 21 de febrero de 2011, los cuales lesionarían sus derechos fundamentales.