Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0015/2013-RCA
Fecha: 30-Ene-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución 28/2012 de 20 de diciembre, cursante de fs. 61 a 64 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Carlos Duarte en representación legal del “Club de Galleros La Tablada” contra Oscar Gerardo Montes Barzón, Alcalde; Rodrigo Paz Pereira, Soledad Guerra Tovar, Delia García Oblitas, Zulma Nieves Tapia Vidaurre, Freddy Yucra Miranda, Francisco Rosas Urzagaste, Noemi Fátima Vásquez, Sergio Gallardo, Carmen Rosa Patiño, Alejandro Ortega, Carlos Alberto Cassón Zapata, respectivamente Presidente, Vicepresidente, Secretaria y Concejales, todos del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedente in limine
- Fragmento 5
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- el ámbito de protección y tutela de la referida acción, no abarca la impugnación a normas; es decir, no se activa como un mecanismo de control normativo de constitucionalidad, lo que significa que no es la vía para impugnar de inconstitucionalidad una norma jurídica; pues para ello existen otras vías previstas por la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional
- se quiera someter a control normativo de constitucionalidad el art. 6 de la Ley de Hidrocarburos, incurriendo el recurrente en un error alegando violaciones a sus derechos fundamentales y constitucionales, cuando por este recurso no se puede someter una Ley a control normativo, dado que dicha atribución de control, está establecido para otro recurso como es el recurso de inconstitucionalidad
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- CONFIRMAR