SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2013

Fecha: 04-Ene-2013

III.1. La acción de inconstitucionalidad concreta, su naturaleza, alcances y requisitos

La acción de inconstitucionalidad, encuentra su fundamento jurídico, en la Constitución Política del Estado, en la sección IV, art. 132 de la CPE, cuando establece que: “Toda persona individual o colectiva afectada por una norma jurídica contraria a la Constitución tendrá derecho a presentar la Acción de Inconstitucionalidad, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley”.