SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2013

Fecha: 11-Ene-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

De manera sorpresiva, alevosa y temeraria, el 27 de abril de 2012, aproximadamente a horas 18:00 pm, pese a ser alumno regular de la Academia Nacional de Policía “ANAPOL”, en calidad de aspirante a cadete dado que cumplió exitosamente el proceso de postulación, selección y aceptación e incluso haber cursado clases y rendido exámenes en la Universidad Policial, funcionarios de dicha institución, le informaron que debía abandonar la misma de manera inmediata, sin darle explicación alguna que justifique dicho proceder. Con la finalidad de conocer los motivos por los cuales fue separado de la ANAPOL, en varias oportunidades -memoriales de 28 de junio y 25 de julio de igual año-, solicito al Comandante General de la Policía Boliviana, una explicación fundamentada y la extensión de fotocopias legalizadas, informes o certificaciones respecto de la documentación que respalda su ingreso a dicha institución y los motivos o antecedentes que dieron lugar a su separación, sin recibir respuesta formal, oportuna, fundamentada y motivada. Es así que sin mayor explicación, al memorial de 27 de agosto del indicado año, recibió como respuesta: “…al respecto con carácter previo se reitera que para tal efecto, deberá presentar ante la Administración Policial documentación que respalde su petición, asimismo debe acreditar su interés legal…” (sic).

Finalmente, refiere que dada la fecha de la última solicitud, aún no transcurrieron los seis meses para la interposición de la presente acción y no habiendo otra autoridad a quien recurrir, activó el presente medio de defensa, invocado la aplicación de las SSCC 0119/2011-R, 0376/2010-R, 1486/2011-R, 1348/2010-R, entre otras.