SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2013

Fecha: 11-Ene-2013

En el marco de lo indicado, es imperante destacar que

En el marco de lo indicado, es imperante destacar que la concesión de tutela provisional frente a hechos controvertidos en denuncias referentes a vías de hecho que pudieren afectar a sectores de atención prioritaria, no implica la definición jurídica de un hecho controversial, ya que este aspecto es atribución privativa y exclusiva de la jurisdicción ordinaria, sino por el contrario, tiene la finalidad de asegurar un equilibrio procesal, toda vez que al estar los sectores en condiciones de vulnerabilidad en situación de desfavorabilidad y desigualdad material, corresponde al órgano contralor de constitucionalidad maximizar una tutela lo más protectiva, efectiva y favorable posible en tanto la controversia jurídica que pueda existir, sea definida en la vía ordinaria.