SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2013

Fecha: 11-Ene-2013

es evidente que la acción de amparo constitucional, frente a vías de hecho, se configura como el mecanismo idóneo para la tutela de derechos fundamentales máxime cuando dichas medidas afecten a sectores de atención prioritaria.

Ahora bien, toda vez que tal como se señaló en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, los derechos fundamentales son oponibles no solamente en relación al poder público, sino también en cuanto a particulares, debiendo por tanto operar también en relación a ellos el fenómeno de constitucionalización de la “Constitución Axiomática”, por tanto, es evidente que la acción de amparo constitucional, frente a vías de hecho, se configura como el mecanismo idóneo para la tutela de derechos fundamentales máxime cuando dichas medidas afecten a sectores de atención prioritaria.

En efecto, el orden constitucional vigente, como uno de sus valores plurales supremos, asegura la igualdad no solamente formal, sino esencialmente material, razón por la cual, a través de políticas afirmativas y también mediante una tutela constitucional reforzada, deberán consagrarse los derechos de grupos de atención prioritaria, denominados también sectores en condiciones de vulnerabilidad, entre los cuales se encuentran las personas adultas mayores.