Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2013
Fecha: 14-Ene-2013
CONSTITUCIONALIDAD
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 202.1 de la Constitución Política del Estado Plurinacional; 12.2, 28.I.2 y 109 de la LTCP, resuelve: Declarar la CONSTITUCIONALIDAD de los arts. 12, 15, 21.d, 25 y 26.IV del DS 23318-A de 3 de noviembre de 1992, modificado por el DS 26237 de 29 de junio de 2001 y el Reglamento de Procesos Administrativos Internos del Gobierno Municipal de Sucre.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- rechazó
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.
- Artículo 15 (Sujetos de responsabilidad administrativa)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de las acciones de inconstitucionalidad
- el proceso interno es el procedimiento administrativo que se incoa a denuncia de oficio o en base a un dictamen dentro de una entidad a un servidor o ex servidor público, a fin de determinar si es responsable de alguna contravención y de que la autoridad competente lo sancione cuando así corresponda
- III.3. Sobre el debido proceso
- III.4. Análisis del caso y juicio de constitucionalidad
- I.
- Artículo 18 (Proceso interno)
- CONSTITUCIONALIDAD