Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2013
Fecha: 14-Ene-2013
I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
El AC 0780/2012-CA de 5 de octubre, revocó la Resolución 38/09, y admitió la acción de inconstitucionalidad concreta, ordenando sea puesta en conocimiento del Órgano Ejecutivo y personero que generó las normas impugnadas (fs. 45 a 50), lo que se cumplió el 29 de octubre y 7 de noviembre, respectivamente de 2012 (fs. 68 y 71). Asimismo, Mediante Acuerdo Administrativo TCP-SP-AD 037/2012 de 17 de diciembre, se determinó la suspensión de plazo procesal hasta el 2 de enero de 2013, por receso de fin de año, reanudándose el cómputo del mismo para emitir Resolución dentro del plazo establecido.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- rechazó
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.
- Artículo 15 (Sujetos de responsabilidad administrativa)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de las acciones de inconstitucionalidad
- el proceso interno es el procedimiento administrativo que se incoa a denuncia de oficio o en base a un dictamen dentro de una entidad a un servidor o ex servidor público, a fin de determinar si es responsable de alguna contravención y de que la autoridad competente lo sancione cuando así corresponda
- III.3. Sobre el debido proceso
- III.4. Análisis del caso y juicio de constitucionalidad
- I.
- Artículo 18 (Proceso interno)
- CONSTITUCIONALIDAD