Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2013
Fecha: 17-Ene-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que Edwin Arturo Castellanos Mendoza, en su calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de la provincia Cercado del departamento de Cochabamba, ha vulnerado su derecho al trabajo y a la inamovilidad laboral de la que gozaba en su condición de progenitor; toda vez que, sin más justificativo, que por decisión del Alcalde Municipal, fue retirado de su fuente laboral sin tomar en cuenta su condición de padre y trabajador destacado. En consecuencia, corresponde analizar si corresponde conceder o denegar la tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- y de los progenitores
- inamovilidad del progenitor varón por un lapso de un año, computable desde el nacimiento de su hijo o hija'
- la afectada o afectado podrá interponer las acciones constitucionales que correspondan, tomándose en cuenta la inmediatez
- ha sido extendida hacia el padre del menor hasta que su hija o hijo cumpla un año
- perder el trabajo cuando un niño o niña está por nacer, supone atentar contra el principio constitucional como es el “Vivir bien”.
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR