SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2013
Fecha: 17-Ene-2013
1. Respecto al derecho de petición
La nota de 12 de agosto de 2011 (fs. 15 a 16), dirigida a Edmundo Farah Paz, Oficial Mayor de Planificación, por la cual Martha Cristina Franco Díaz -accionante- solicitó la validación del sistema integrado valet parking y car lift, no fue respondida en forma alguna por esa autoridad, no cumpliendo con el entendimiento jurisprudencial referido en el Fundamento Jurídico III.2, respecto del derecho de petición, por cuanto se dejó de lado la obligación estatal de dar una respuesta pronta y oportuna, la cual debe ser debidamente motivada aunque ésta fuere breve, más aún cuando fuere contraria a lo solicitado por el administrado.
También, en cuanto a la nota de 13 de diciembre de 2011 (fs. 51 a 54), por la cual Martha Cristina Franco Diaz, solicitó la aprobación de la modificación del proyecto “Complejo La Riviera”, considerando injusta la observación cuarta “obs. 4.- La revisión del proyecto estará sujeta a modificación de lineamiento del terreno”, realizada en la aprobación del anteproyecto “Complejo La Riviera”, de 23 de noviembre de 2011 (fs. 46), que autorizó la presentación del proyecto para la obtención de su licencia de construcción, previa solución de cuatro observaciones ahí detalladas, se tiene que dicha petición de igual forma no fue respondida por las autoridades demandadas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de los funcionarios demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso administrativo y motivación de las resoluciones en trámites o procedimientos administrativos
- III.2.El derecho de petición: alcance
- III.3.Derecho a la ciencia y a la tecnología
- III.4.Análisis del caso concreto
- 1. Respecto al derecho de petición
- 2. Respecto al debido proceso
- 3. Respecto del derecho a la ciencia y la tecnología
- 4. Otras consideraciones
- más de cuatro meses