Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0238/2013-RCA
Fecha: 23-Oct-2013
art.
1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- procedente
- improcedente
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- art.
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- principio de subsidiariedad
- b)
- h)