Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0238/2013-RCA
Fecha: 23-Oct-2013
Fragmento 2
Por memorial presentado el 20 de septiembre de 2013, cursante de fs. 33 a 41, los accionantes refieren que, dentro del proceso coactivo que les sigue Máximo Romero Santos se constituyeron en parte ejecutada; sin embargo, señalan que la adenda de la escritura pública de préstamo de dinero no contaba con la firma de Hilarión Rodolfo Zapata Villanueva, por lo que no podía tener validez como documento base de ejecución, enterándose posteriormente del remate judicial de su inmueble sin haber sido notificados previamente.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- procedente
- improcedente
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- art.
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- principio de subsidiariedad
- b)
- h)