Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0238/2013-RCA
Fecha: 23-Oct-2013
b)
b) Indicaron los nombres y domicilios de las autoridades demandadas, manifestando que dirigen su acción contra Osvaldo Fernández Quispe y Farida Velasco Alcóser, Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro y Eddy Alarcón Rinaldo, Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial del mismo departamento.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- procedente
- improcedente
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- art.
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- principio de subsidiariedad
- b)
- h)