Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1206/2013-L
Fecha: 04-Oct-2013
2º
2º Se llama severamente la atención a los Vocales que entonces componían la Sala Penal Primera, Sala Social y Administrativa la Corte Superior del distrito Judicial -ahora Tribunal departamental de Justicia- de Santa Cruz y Tribunal de garantías, por haber dilatado injustificadamente la resolución de la presente acción de amparo constitucional incumpliendo lo previsto en el art. 129.III y IV de la CPE.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegar
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La potestad del Ministerio Público en la emisión de la resolución de rechazo de denuncia
- III.3. El contenido de las resoluciones pronunciadas por el Ministerio Público
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Otras consideraciones
- 2º