SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1206/2013-L
Fecha: 04-Oct-2013
III.4. Análisis del caso concreto
En el caso de autos, el accionante sostiene haber planteado una denuncia ante el Ministerio Público, cuyo resultado fue la Resolución de rechazo de 30 de noviembre de 2007carente de fundamentación y de valoración de pruebas, por lo que formuló objeción al rechazo que elevada en revisión fue confirmada por el Fiscal de Materia en suplencia legal del Fiscal del Distrito de Santa Cruz, que incurrió en las mismas irregularidades.
De los antecedentes procesales descritos anteriormente, se tiene evidenciado que el accionante formuló ante el Ministerio Público una denuncia contra Rosmery Alcazar Almeida por la presunta comisión de los delitos de prevaricato e incumplimiento de deberes, contra: Víctor Alberto Bernardo Salvatierra Linares por instigador de las infracciones enunciadas y Diler Salvatierra Mendoza por los ilícitos de abogacía y mandato indebidos; misma que fue rechazada por Resolución de 30 de noviembre de 2007 y objetada por el ahora accionante solicitando su revocatoria; en revisión efectuada por el Fiscal de Materia en suplencia legal del Fiscal de Distrito, dicha Resolución fue confirmada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegar
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La potestad del Ministerio Público en la emisión de la resolución de rechazo de denuncia
- III.3. El contenido de las resoluciones pronunciadas por el Ministerio Público
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Otras consideraciones
- 2º