SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1207/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1207/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

“El principio pro-actione, asegura que en los casos donde exista una flagrante lesión a derechos fundamentales, el contralor constitucional por mandato del art. 196.1 de la CPE, garantice la justicia material, cumpliendo con los altos postulados y fines de la propia Norma Fundamental, por lo cual se reitera que los Tribunales de garantías en situaciones excepcionales como la del presente caso sujeto a revisión, deberán flexibilizar los formalismos procesales y en definitiva reparar los derechos efectivamente vulnerados, invocando el principio de favorabilidad y eficacia máxima de los derechos fundamentales, resguardando su vigencia real”

“El principio pro-actione, asegura que en los casos donde exista una flagrante lesión a derechos fundamentales, el contralor constitucional por mandato del art. 196.1 de la CPE, garantice la justicia material, cumpliendo con los altos postulados y fines de la propia Norma Fundamental, por lo cual se reitera que los Tribunales de garantías en situaciones excepcionales como la del presente caso sujeto a revisión, deberán flexibilizar los formalismos procesales y en definitiva reparar los derechos efectivamente vulnerados, invocando el principio de favorabilidad y eficacia máxima de los derechos fundamentales, resguardando su vigencia real” (las negrillas son nuestras).