SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1209/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1209/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

(dentro de los 6 meses, ya que el plazo se computa desde la remisión de la Resolución que conforme se acredita es del 31 de agosto de 2009, venciéndose el plazo el último día del mes de febrero de 2010)” (sic)

Que, la investigación ha sido efectuada por la Unidad de Lucha contra la Corrupción y fue quien expidió el informe AN-ULCPC 052/2009 de 18 de marzo. El accionante también indica que nunca fue sometido a proceso contradictorio o sumario interno en el que se determinó su participación  en el hecho, por todo ello fue destituido mediante memorándum 0243/09 de 20 de marzo del mismo año.  Resalta que debió demostrase la comisión de la falta de forma individual y debió determinarse el grado de su participación.  Contra esta resolución formuló recurso jerárquico y que por Resolución Ministerial (RM) 546/09 de 13 de agosto de 2009, se confirmó el memorándum 243/09. Asimismo aclaró que “el presente recurso es presentado en término legal (dentro de los 6 meses, ya que el plazo se computa desde la remisión de la Resolución que conforme se acredita es del 31 de agosto de 2009, venciéndose el plazo el último día del mes de febrero de 2010)” (sic).