SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1741/2013
Fecha: 21-Oct-2013
REVOCAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución 001/2013 de 22 de mayo, cursante de fs. 60 a 64, pronunciada por el Juez Segundo de Partido Mixto y de Sentencia Penal de Ivirgarzama del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, dejando sin efecto el decreto de 19 de marzo de 2013, disponiéndose la remisión de la apelación incidental conforme lo previsto por el art. 405 del CPP, salvo que dicha remisión a tiempo de la notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, ya se hubiese efectuado en virtud a la determinación del Juez de primera instancia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “no se concede la tutela solicitada”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a impugnar como elemento del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- REVOCAR en todo