SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1800/2013
Fecha: 21-Oct-2013
denegando
La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 019/2013 de 20 de mayo, cursante de fs. 647 a fs. 652, denegando la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) El accionante no solicitó la nulidad de la Resolución 002/2012 de 20 de noviembre por la cual se rechazó su impugnación, sino lo hizo de las elecciones del Directorio 2012 - 2014 de la SIB La Paz y que se convoque a nuevas elecciones; ii) Si el accionante consideró que el Tribunal de Honor era incompetente para emitir una certificación, debió usar los recursos pertinentes para invalidar la misma; y, iii) Mediante oficio de 27 de noviembre de 2012, el accionante solicitó al Presidente del Colegio de Ingenieros Nacional que se instaure un sumario informativo contra los miembros del Comité Electoral, petición que a la fecha estaría pendiente, por lo que no se encuentra agotada la vía correspondiente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional, requisitos de admisibilidad y efectos procesales frente a su incumplimiento
- III.2.Requisitos para la procedencia de la acción de amparo constitucional. Conexitud entre los hechos, derechos vulnerados y la causa petendi
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR