SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1844/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1844/2013

Fecha: 29-Oct-2013

Declaratoria de rebeldía

A su vez el art. 89 del mismo CPP establece «(Declaratoria de rebeldía) El juez o tribunal del proceso, previa constatación de la incomparecencia, evasión, incumplimiento o ausencia, declarará la rebeldía mediante resolución fundamentada, expidiendo mandamiento de aprehensión o ratificando el expedido».