Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1867/2013
Fecha: 29-Oct-2013
II.3.
II.3. Se adjunta copia del parte de novedades del 14 al 15 de junio de 2013, elevado por Alfredo Arce Olañeta, Director del Centro Penitenciario “San Pablo” de Quillacollo, para conocimiento de Gualberto Albornoz Albornoz, Comandante Regional de la Policía Boliviana de Quillacollo; evidenciándose en el “recuadro de libertades”, que a horas 9:00 del 14 de junio de 2013, fueron puestos en libertad los ahora accionantes, en cumplimiento del mandamiento de libertad, ordenado por el Juez de Instrucción Mixto, Liquidador y cautelar de Capinota (fs. 15).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Preventivo
- Correctivo
- Reparador
- III.2. El principio de celeridad y el derecho a la libertad
- liberados en el día
- acción de libertad innovativa
- CONFIRMAR