SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1896/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1896/2013

Fecha: 29-Oct-2013

i)

A su turno, Víctor Hugo Miranda Irala, Oficial de Diligencias del Juzgado Agroambiental, presentó informe cursante de fs. 209 a 212 y en audiencia manifestó los siguientes argumentos: i) El 14 de junio de 2013, se trasladó de Monteagudo a la localidad de Bartolo en compañía de tres funcionarios policiales, comunarios de dicha localidad y otros testigos presenciales, a objeto de dar cumplimiento al mandamiento de desapoderamiento con facultad de allanamiento de domicilio y expresa habilitación de días y horas inhábiles, en el domicilio del accionante y de otros codemandados, entregándoles la copia de ley, dándose lectura al mandamiento, actuado que se realizó con la ayuda de la fuerza pública; ii) Posteriormente, con la ayuda de los comunarios, procedió a desalojar las cosas al patio para luego hacer un inventario de las mismas, trasladándolas luego a la otra orilla del río, protegiendo las cosas con carpas, luego se retiró las alambradas; actuado que se realizó en presencia de dirigentes, comunarios de la comunidad de Pucarillos y de Bartolo, aclarando que no se cometió ningún abuso, no se maltrató ninguna plantación, tampoco se dañó ningún bien, llevándose a cabo el acto con normalidad, aspecto corroborado por las firmas de los dirigentes y comunarios estampadas en el acta correspondiente; y, iii) Durante las veces que se constituyó en el domicilio del accionante para realizar las notificaciones, jamás vio en la vivienda a ninguna mujer y menos menores de edad, actuando en estricto cumplimiento del mandamiento de desapoderamiento librado por el Juez Agroambiental, pidiendo en definitiva se declare improcedente la acción de libertad interpuesta, sea con costas, daños y perjuicios.