AUTO CONSTITUCIONAL 0241/2013-
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0241/2013-

Fecha: 05-Nov-2013

la actividad procesal defectuosa debe ser denunciada a través de un incidente de nulidad

La SCP 0530/2012 de 9 de julio, señaló que: “1) En observancia del principio de subsidiariedad que rige la acción de amparo constitucional, la actividad procesal defectuosa debe ser denunciada a través de un incidente de nulidad, cuya resolución, en la etapa preparatoria, es susceptible de apelación incidental a partir de una interpretación extensiva del art. 403. inc. 2) del CPP y a través de una reserva de apelación restringida en la fase de juicio oral.