AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2013-RCA

Fecha: 05-Nov-2013

improcedencia “in limine”

Por Resolución 86/2013 de 11 de octubre, cursante de fs. 271 a 272, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró la improcedencia “in limine” de la acción de amparo constitucional; toda vez que, no concurre el principio de inmediatez, dado que los accionantes  denunciaron la vulneración de sus derechos el 24 de febrero de 2013 y la presente acción fue activada el 10 de octubre del mismo año, luego de haber transcurrido más de seis meses, plazo establecido por la jurisprudencia constitucional (SC 0591/2010-R de 12 de julio), los arts. 129.II de la CPE y 55.I del Código Procesal Constitucional (CPCo).

Los accionantes fueron notificados con la Resolución de declaratoria de improcedencia “in limine” de la acción tutelar el 14 de octubre de 2013 (fs. 273 a 283), interpusieron memorial de impugnación el 17 del mismo mes y año   (fs. 296 a 298 vta.), en cumplimiento a lo estipulado por el art. 30.I.2 del CPCo.

Por su parte, el Tribunal de garantías, declaró su improcedencia “in limine” por no concurrir el principio de inmediatez, al considerar que los hechos denunciados se produjeron el 24 de febrero del mismo año, mientras que la acción de amparo constitucional se interpuso después de seis medes de caducar el plazo para la formulación.

Al respecto, el amparo constitucional adoptado en Bolivia como un mecanismo de tutela de los derechos fundamentales y/o garantías constitucionales, tiene por naturaleza jurídica, la de ser una acción regida por los principios de subsidiariedad e inmediatez, siendo el segundo, referido al plazo de caducidad que debe tomarse en cuenta para su presentación, tal como estableció el art. 129.II de la Ley Fundamental, concordante con el art. 55.I del CPCo, que se constituye en el término de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada, o de notificada la última decisión administrativa o judicial.