AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2013-RQ
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2013-RQ

Fecha: 04-Nov-2013

II.2.  Análisis del recurso de queja presentado

El art. 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE), señala que la Constitución es: “…la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano…”, de forma que “…goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa”, en este sentido la Norma Suprema se constituye en una norma fundamental porque regula el sistema de fuentes del derecho y por tanto la producción de las normas jurídicas que a su vez respaldan los actos administrativos.