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    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2013

    Fecha: 04-Nov-2013

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    • I.1. Contenido de la consulta
    • I.2. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • Artículo 10. Derechos fundamentales.
    • Artículo 11. Derechos políticos de los habitantes del municipio.
    • Artículo 16. Estructura organizativa y la identificación de sus autoridades.
    • “Artículo 25. Atribuciones del Concejo y de la directiva.
    • Artículo 32. Facultades del Alcalde Municipal.
    • Artículo 39. Responsabilidad de los componentes del Órgano Ejecutivo.
    • Artículo 51. Defensoría del ciudadano.
    • Artículo 110. Programa Operativo Anual.
    • Artículo 128. Régimen económico  financiero.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • emita una opinión o un criterio respecto a la compatibilidad o incompatibilidad del proyecto de Estatuto o Carta Orgánica, aquello que se establezca en la Declaración es vinculante y obligatorio
    • En el caso de examen, excepcionalmente y aplicando el principio de economía procesal, para no adoptar la decisión de devolver el expediente para su nueva presentación a este Tribunal, ingresará al examen de las normas cuyo texto se entiende fueron enmendadas, corregidas o subsanadas en cuanto a las incompatibilidades ya declaradas. El proyecto remitido con modificaciones, subsanando las incompatibilidades observadas al proyecto original y, eventualmente, reordenando o reemplazando ciertos “vacíos” dejados porque una u otra norma fue declarada incompatible, termina por añadir alguna que otra previsión no examinada y que, igualmente, no será objeto de análisis en la presente Declaración Constitucional Plurinacional.
    • El razonamiento precedente, explica porque este Tribunal Constitucional Plurinacional en la parte declarativa, debe adoptar el entendimiento que -en los demás artículos no examinados ahora-, el texto deberá estar conforme al proyecto presentado y analizado en la DCP 0001/2013, con las implicancias que, por falta de congruencia entre esta y la presente Resolución, hubiera la necesidad de un pronunciamiento sobreviniente que esta Declaración Constitucional estime pertinente.
    • III.2.
    • El texto original:
    • Texto modificado:
    • Texto original:
    • 7. Resolución Administrativa
    • Texto nuevo:
    • Ley Municipal
    • T
    • Fragmento 25
    • El municipio podría ser parte de una región, a través de una ley municipal, en el marco de espacio de planificación y gestión. Pero para que un municipio sea parte de una Autonomía Regional, se debe proceder vía referendo”.
    • Segunda.-

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