SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1939/2013
Fecha: 04-Nov-2013
denegando
La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 5 de julio de 2013, cursante de fs. 72 a 76 vta., de obrados, denegando la acción de libertad, con los siguientes argumentos: i) La Jueza Primera de Instrucción en lo Penal y Liquidadora de Quillacollo, por providencia de 4 de julio de 2013, señaló audiencia para considerar la solicitud de medida cautelar requerida por el Ministerio Público; es decir, tomó conocimiento de la imputación formal hecha contra los accionantes, y si bien no existe constancia de la realización de la indicada audiencia; sin embargo, de lo manifestado por las partes, se sabe que la autoridad jurisdiccional, les impuso a todos los imputados, medidas sustitutivas a la detención preventiva; ii) Cuando se interpuso la presente acción de libertad, ya existía control jurisdiccional a cargo de la referida Jueza, ante quien, la representante del Ministerio Público, presentó inicio de investigación penal, imputación formal y solicitud de medidas sustitutivas a la detención preventiva; consiguientemente y acorde a la jurisprudencia constitucional establecida, correspondía que los accionantes, acudan para denunciar la ilegal aprehensión policial, ante la señalada autoridad jurisdiccional, en procura de que se les restablezcan sus derechos y garantías presuntamente vulnerados; y, iii) En el marco establecido por la SC 0080/2010, arts. 203 de la CPE y 15 del Código Procesal Constitucional (CPCo), para demandar la tutela del derecho a la libertad, se debe acudir previamente a la jurisdicción ordinaria a través de los reclamos pertinentes, por cuanto la acción de libertad, no puede ser activada como un medio alternativo o paralelo de impugnación, por lo que en el caso concreto, al no cumplirse con el carácter subsidiario, no es posible ingresar al fondo de la problemática planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- III.3. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo