Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1939/2013
Fecha: 04-Nov-2013
II.8.
II.8. Consta que la Jueza de Instrucción en lo Penal y Liquidadora de Quillacollo del departamento de Cochabamba, Marisol García Salazar, mediante decreto de 4 de julio de 2013, señaló audiencia para horas 15:00 del mismo día, para considerar la solicitud de las medidas cautelares contra los ahora accionantes, por la presunta comisión del delito previsto en el “parágrafo segundo” del art. 271 del CP (fs. 67).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- III.3. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo