SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1953/2013
Fecha: 04-Nov-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 28 de enero de 2011, Adolfo Calvimontes Cruz, José Quiroga Noya, Pedro e Irene Cuéllar Negrete, y otros; ingresaron por la fuerza a sus propiedades, haciendo uso de una amoladora que sirvió para cortar las rejas de ingreso, incurriendo a la vez en amenazas de muerte en presencia de policías y finalmente proceder a abrir un pasillo que atraviesa sus propiedades, el cual conecta sus tierras con la carretera.
Por lo que, se apeturó el caso de investigación por la comisión del delito de allanamiento de domicilio, daño calificado y amenazas de muerte, de su predio ubicado en la localidad de Jorochito, Municipio de “El Torno”; en cuyo proceso las pruebas presentadas fueron valoradas arbitrariamente y en algunos casos hubo omisión en la valoración de las mismas por las autoridades demandadas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Informe de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.1.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La valoración de la prueba producida en el ejercicio de las atribuciones encomendadas al Ministerio Público y el control de constitucionalidad
- III.2. La motivación y fundamentación en las resoluciones de sobreseimiento como una exigencia
- III. 3. Análisis del caso concreto