SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1977/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1977/2013

Fecha: 04-Nov-2013

1)

Luis Fernando Pérez Montaño, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba, mediante informe escrito cursante a fs. 57 y vta. manifestó lo siguiente: 1) El Juez Sexto de Instrucción en lo Penal -Juez de origen-, remitió el expediente al juzgado a su cargo el 28 de junio de 2013, emitiendo el proveído de radicatoria el 1 de julio del mismo año que hizo conocer a las partes; 2) El 2 del indicado mes y año, la ahora accionante, se apersonó sin presentar ningún reclamo o denuncia sobre las irregularidades que ahora denuncia; 3) Con referencia al memorial que no hubiera sido resuelto, éste no cursa en el expediente y además desconoce si fue presentado o no, en todo caso debió acudir al juzgado de origen, ya que es de responsabilidad de la autoridad que ejercía el control jurisdiccional en ese momento; y, 4) El no tiene responsabilidad por los actos de los funcionarios del juzgado de origen y para la procedencia de la presente acción de libertad, es imprescindible que esté dirigida a acudir a la autoridad que cometió que acto ilegal o la omisión indebida que lesiono los derechos de los accionantes, por lo que solicitó se deniegue la tutela.