SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1996/2013
Fecha: 04-Nov-2013
I.1.1. Hechos quemotivan la acción
El 20 de junio de 2012, el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, Juan José Subieta Claros, hoy demandado, ordenó su detención preventiva, razón por la cual presentó solicitud de cesación contra la indicada medida cautelar, sin embargo el nombrado Juez demandado, en audiencia llevada a cabo a horas 10:00 del 11 de julio del mismo año, rechazó dicha solicitud, por no haberse cumplido con los requisitos exigidos y no haber desvirtuado los riesgos procesales. Contra dicha decisión, interpuso recurso de apelación incidental, lo que originó que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista de 24 de diciembre de ese año, por el cual, se determinó que se debe cumplir únicamentecon un nuevo contrato de alquiler con el propietario del inmueble donde habita; por lo que la autoridad demandada, señaló audiencia de cesación a la detención preventiva, para horas 8:30 del 18 de enero de 2013; sin embargo, el indicado día, el Juez cautelar, llegó veinte minutos tarde ybajo el argumento de la inasistencia del accionante, así como del representante del Ministerio Público, aseverandoademás que se encontraba cansado por haber llevado a cabo otras audiencias, a través delSecretario del despacho a su cargo, dispuso la suspensión de la misma y fijó nueva audiencia para horas8:30 del 25 de igual mes y año.
Refiere queun día antes, es decir el 24 de enero de 2013a horas 18:30, una de las abogadas del consorcio jurídico que ejerce sudefensa, le informó que la referida audiencia de cesación a la detención preventiva, no se llevaría a cabo, en razón a que el Juez demandado se excusaría de conocer la misma, vulnerándose de este modo su derecho a la celeridad en el trámite de cesación a la detención preventiva, por cuanto a raíz de esa excusa, se dejó sin fecha su audiencia impetrada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos quemotivan la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 10
- es imprescindible que la misma esté dirigida contra la autoridad que cometió el acto ilegal o la omisión indebida lesiva del derecho a la libertad
- Fragmento 12
- III.3. Análisisdel caso concreto
- CONFIRMAR en todo