Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2014/2013
Fecha: 13-Nov-2013
a)
El abogado de la parte accionante, ratificó el contenido de la acción, señalando además que: a) Se desvirtuó lo sustentado por los demandados quienes consideraban que podían haberse realizado otras acciones antes de interponer la acción de amparo constitucional; b) Llama la atención que el Municipio no haya cumplido con la Ley de Municipalidades, en lo que respecta a la expropiación por causa de utilidad pública; y, c) Los demandados por propia actitud ilegal tomaron la justicia por sus propias manos, ingresaron a su propiedad sin haber saneado su titularidad de derecho de los 20 000 m2.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.3. Sobre las medidas de hecho
- La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica,
- III.4. Análisis d
- CONFIRMAR en todo