Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2014/2013
Fecha: 13-Nov-2013
II.5.
II.5. El representante legal de la empresa CYSFER UP, a través de oficio de 24 de octubre de 2012, dio a conocer al Alcalde demandado que la referida empresa fue realizando los trabajos para la obra de Encerrado Perimetral del Complejo Deportivo Multifuncional Gutiérrez, trabajos que se vieron “perjudicados con la aparición de supuestos dueños de los predios donde se vienen ejecutando estos trabajos los mismos que ha obstaculizado el normal desenvolvimiento del personal encargado de realizarlos” (sic), pidiendo por ello se dé una pronta solución para evitar pérdidas a la empresa y se pueda concluir la obra (fs. 41).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.3. Sobre las medidas de hecho
- La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica,
- III.4. Análisis d
- CONFIRMAR en todo