Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2030/2013
Fecha: 13-Nov-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante del accionante alega que se vulneraron los derechos de éste a la libertad de locomoción y al debido proceso, por cuanto se encuentra detenido como consecuencia de un mandamiento de apremio que se ejecutó en su contra durante la vacación judicial, a pesar de que el efectivo policial demandado tenía pleno conocimiento de que no se podía ejecutar el mandamiento por determinación expresa de ley así como de la Circular emitida al efecto, situación que también era de conocimiento de la codemandada Jova Gutiérrez Ancieta.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Respecto a las Circulares emitidas por los Tribunales Departamentales de Justicia
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR