SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2043/2013
Fecha: 18-Nov-2013
Fragmento 18
Ante dicho despido acudió al Inspector Departamental del Trabajo, autoridad que procedió a citar al demandado Mauricio Calvo Rioja a la audiencia programada para el 22 de marzo 2013; y llevado a cabo el actuado en la fecha señalada conminó para que se proceda a la reincorporación del accionante, entre otros trabajadores demandantes; así también comunicó que se elevará informe de la audiencia al Jefe Departamental del Trabajo para que emita la Resolución Administrativa de reincorporación. Consta también que el Jefe Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social por Resolución 20/2013 JDTEPS Beni, conminó a la autoridad demandada a la reincorporación de varios trabajadores, encontrándose en dicha lista el accionante Miguel Galdino Lima. Finalmente del certificado de nacimiento acompañado al expediente se acredita el nacimiento de AA en 5 de enero de 2013, teniendo como progenitores a Miguel Galdino Lima y Claudia Cecilia Barbery Montero.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concede
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 12
- III.2.
- III.3. La inamovilidad funcionaria hasta que el niño cumpla un año de edad
- y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad”
- Fragmento 16
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- Fragmento 18
- concedido la tutela
- CONFIRMAR en todo