Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2043/2013
Fecha: 18-Nov-2013
II.3.
II.3. El 12 de noviembre de 2012, se elaboró un informe por el Asesor Legal de la Dirección de Desarrollo Vial a través del cual concluye que, revisada la documentación procede el pago del subsidio; aquel informe fue recibido en el mismo día en secretaría de la Dirección de Desarrollo Vial (fs. 8).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concede
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 12
- III.2.
- III.3. La inamovilidad funcionaria hasta que el niño cumpla un año de edad
- y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad”
- Fragmento 16
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- Fragmento 18
- concedido la tutela
- CONFIRMAR en todo