Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2049/2013
Fecha: 18-Nov-2013
II.3.
II.3. Mediante nota de 24 de julio de 2013, la jefe de seguridad, Adriana Peñaranda y la funcionaria policial asignada al caso, Gladis Sánchez Calisaya, remitieron a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia “24 horas” a los niños y adolescentes, AA de 14 años de edad, BB de 4 años de edad, CC de 3 años y DD de un mes de nacida, toda vez que la misma fecha a horas 11:00, se hizo presente ante esa unidad Luz Cabrera Meneces, Psicóloga dependiente de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, con una ficha de coordinación de rescate a los menores señalados (fs. 31).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR