Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2049/2013
Fecha: 18-Nov-2013
II.5.
II.5. Nota de 26 de julio de 2013, Ronald Limachi Calla, abogado de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, informó a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia “24 horas” el incumplimiento de actas, indicando que la ahora representante -madre de los menores- no se hizo presente para el seguimiento establecido (fs. 25).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR