SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2086/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2086/2013

Fecha: 18-Nov-2013

a)

El demandado, mediante informe escrito cursante de fs. 59 a 60 ratificándose, en audiencia señaló: a) La accionante, decidió voluntariamente dejar los ambientes alquilados por no poder pagar los alquileres y los servicios de agua y energía eléctrica, los mismos que ahora se encuentran cortados por falta de pago, además por no tener las licencias correspondientes para su legal funcionamiento del local; b) Durante abril, mayo y parte de junio de 2013, llegó a realizar eventos sociales subalquilando los ambientes a terceras personas, en dos o tres oportunidades al mes en horas de la madrugada por encontrarse clausurado, operando en forma clandestina por no contar con las licencias de funcionamiento, por lo que no es evidente que le hubiera vulnerado su derecho al trabajo; c) De acuerdo con el documento de 13 de abril de 2013, suscrito entre ambas partes, se consigna una deuda de $us4000.- a ser cancelados en dos pagos, en cuya cláusula sexta, expresamente se acordó que ante el incumplimiento de cualquiera de los pagos, quedan extinguidos los contratos de alquiler de 13 y 15 de abril del mismo año y como todo contrato tiene fuerza de ley entre partes conforme al art. 519 del CC, los contratos de alquiler se encuentran extinguidos por acuerdo de partes, careciendo en consecuencia de eficacia jurídica; d) Ante el incumplimiento del pago de deuda contraída por la accionante, planteó demanda ejecutiva que se encuentra en trámite en el Juzgado Sexto de Instrucción en lo Civil y Comercial; además, interpuso una querella en su contra por el delito de estafa y estelionato porque usó sus ambientes beneficiándose económicamente para sí y terceros en detrimento de su derecho patrimonial, puesto que arrendó un bien ajeno como propio; por otro parte, conforme a la certificación que adjunta la accionante tiene doce querellas por los delitos de estafa y estelionato y trece querellas de estafa compartidas con su hijo, por lo que tiene un total de veinticinco procesos de los cuales cuatro se encuentran en la etapa de juicio oral; y, e) Todos los enseres y muebles del negocio de la accionante están bajo su custodia y si colocó candados al local es para resguardarlos, porque la accionante abandonó el mismo voluntariamente, sin asegurar las puertas; además, al presente ya no es su inquilina y que él vive de sus alquileres al ser único ingreso que tiene.