Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2086/2013
Fecha: 18-Nov-2013
II.5.
II.5. Según acta de verificación de 13 de junio de 2013, Marina Gabriela Reyes Miranda, Notaria de Fe Pública 34, a solicitud de la accionante, se constituyó en el inmueble de calle Beni 520 y constató que la casa indicada se encontraba cerrada con candados y cadenas, con un guardia de seguridad en la puerta, conforme se aprecia en las fotografías del lugar que incluye la referida acta (fs. 25).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional y su protección inmediata frente a medidas de hecho.
- III.2. Protección del amparo constitucional contra medidas de hecho ejercidas por propietarios para desalojar a sus inquilinos
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo