SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 2091/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 2091/2013

Fecha: 18-Nov-2013

II.1.

II.1.    Mediante Resolución 46/2013, la Jueza de Instrucción de Pucarani, rechazó la solicitud de cesación a la detención preventiva solicitada por la accionante, con los fundamentos de que: a) La imputada no demostró “…nuevos elementos de convicción que demuestren que no concurren con los numerales 4) de Art. 234,1) de Art. 235.1) y 2) del Art. 233 del Código de Procedimiento Penal…”, por lo que corresponde el rechazo de la cesación a la detención preventiva; b) Se debe tomar en cuenta, que no es la función y el deber del Juez, buscar elementos de convicción en contra de la imputada o elementos de convicción que hagan suponer el peligro de fuga u obstaculización; y, c) La autoridad judicial solo decide en base a la información aportada, ya que se encuentra limitada por el principio de potestad reglada el cual no es potestativo ni facultativo o imperativo y ante la concurrencia de lo previsto por el art. 233.1 y 2 del CPP, corresponde la imposición de medidas cautelares (fs. 8 a 12).