Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2102/2013
Fecha: 18-Nov-2013
1º REVOC
1º REVOCAR la Resolución 03/2013 de 18 de marzo, cursante de fs. 22 a 25, pronunciada por la Jueza Segunda de Sentencia Penal del departamento de La Paz; y, en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada, con relación al Director General de Régimen Penitenciario, Ramiro Llanos Moscoso, quien debe cumplir con lo previsto en el art. 48 de la LEPS; y,
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro“
- 13)
- deberá poner en conocimiento del juez de la causa y del juez de ejecución penal según corresponda en el plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, debiendo adjuntar un informe fundamentado que sustente la decisión
- III.3.
- 1º REVOC