Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2102/2013
Fecha: 18-Nov-2013
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos y garantías a la libertad, a la presunción de inocencia, al debido proceso, a la certidumbre jurídica y a la inviolabilidad de la defensa, consagrados en los arts. 23, 115, 116, 178 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro“
- 13)
- deberá poner en conocimiento del juez de la causa y del juez de ejecución penal según corresponda en el plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, debiendo adjuntar un informe fundamentado que sustente la decisión
- III.3.
- 1º REVOC