SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2127/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2127/2013

Fecha: 21-Nov-2013

Fragmento 16

            En este apartado, conviene referirse a la persecución ilegal -que conforme a la norma contenida en el art. 125 de la CPE, es sujeta de protección mediante la acción de libertad-, tomando en cuenta que el accionante denuncia que pese a que purgó su rebeldía y la Jueza demandada dictó proveído aceptándola dejando sin efecto el mandamiento de aprehensión expedido en su contra, su abogado no pudo obtener una copia de dicho actuado por falta de la firma de la Secretaria Abogada; situación que habría puesto en inminente riesgo su derecho a la libertad física, concurriendo en consecuencia -según afirma- una persecución ilegal en su contra, por las circunstancias anotadas.