SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2127/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2127/2013

Fecha: 21-Nov-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la “seguridad jurídica” y a la presunción de inocencia, aduciendo que la autoridad judicial demandada expidió mandamiento de aprehensión en su contra, como consecuencia de la falta de notificación a su persona conforme a la normativa procedimental penal. Empero, ante el conocimiento de dicha medida purgó su rebeldía, logrando que se dejará sin efecto el mandamiento citado, a través del proveído de 25 de julio de 2013, del cual su abogado solicitó una copia, que no le fue entregada por el personal subalterno del Juzgado Segundo de Sentencia Penal, con el argumento que no contaba con la firma del secretario abogado, obviando el riesgo concurrente de que aún se ejecute la aprehensión en desmedro y grave amenaza de su derecho a la libertad; situación que pese a haber sido advertida a la demandada, ésta manifestó en forma despectiva y burlona “que lo traigan acá lo soltamos”. En consecuencia, compele en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.