SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2141/2013
Fecha: 21-Nov-2013
III.2. De la tutela de la acción de libertad ante una supuesta persecución indebida e ilegal procesamiento
La SC 0237/2010-R de 31 de mayo, asumiendo el entendimiento expresado por la SC 0036/2007-R de 31 de enero, señaló que la persecución ilegal o indebida, implica la existencia de los siguientes presupuestos: “'1) la búsqueda u hostigamiento a una persona con el fin de privarle de su libertad sin motivo legal o por orden de una autoridad no competente, y 2) la emisión de una orden de detención, captura o aprehensión al margen de lo previsto por ley'”, de donde se establece que la persecución ilegal o indebida, es aquella acción ilegal cometida por un funcionario público o un particular, que implica una manifiesta y evidente persecución, acoso, búsqueda u hostigamiento, sin que exista una justa causa fundada en derecho, destinada a suprimir, restringir, perturbar o limitar el derecho a la libertad física, sea a través de una orden de detención, captura o aprehensión, que no cumpla con los presupuestos procesales establecidos para su legal emisión que tenga como única finalidad, suprimir, restringir o limitar el derecho a la libertad física; entendimiento que fuera asumido por las SSCC 0419/2000-R, 0266/2001-R, 0379/2001-R, 0384/2001-R, 0320/2002-R las cuales determinaron que: “...la persecución indebida es considerada como la acción de un funcionario público o autoridad judicial, que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno y una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por la Ley o incumpliendo las formalidades y requisitos que ésta señala”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Jueza del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, Rommy Peredo Peredo
- Alejandro Ernesto Ortega Vélez, Fiscal de Materia codemandado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. De la tutela de la acción de libertad ante una supuesta persecución indebida e ilegal procesamiento
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana
- la protección que brinda el recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes
- subsidiariedad
- es imperioso que las controversias que podrían conllevar a suscitar una acción constitucional, previamente sean resueltas y respondidas en las instancias establecidas en nuestro ordenamiento jurídico
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1. Respecto al Fiscal de Materia demandado, Alejandro Ernesto Ortega Vélez
- 2. Respecto a la Jueza del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal, Rommy Peredo Peredo
- concedido
- Fragmento 28