Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2161/2013
Fecha: 21-Nov-2013
II.6.
II.6. El Juez Primero de Instrucción en lo Penal en suplencia legal de su similar Décima, mediante Resolución 220/2012 de 18 de mayo, de conformidad a los arts. 54, 323 inc. 1), 325 del CPP y ss., y la Ley 007 de 18 de mayo de 2010, rechazó el incidente de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, interpuesto por Ronald Ramiro Coyo Laura (fs. 224 a 225).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la fundamentación que debe contener las resoluciones judiciales
- III.4. Sobre la calidad de terceros interesados en la acción de amparo constitucional otorgada a las autoridades jurisdiccionales y al Ministerio Público
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2° CONCEDER
- 3° DENEGAR